Somos especialistas en Derecho Concursal. Más de 40 años y más de 4.000 clientes nos avalan como uno de los gabinetes jurídicos de confianza en Málaga.
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El Derecho Concursal es la rama del Derecho Mercantil formada por las normas sustantivas y procesales que tienen por objeto la regulación del Concurso de Acreedores.
El Concurso de Acreedores es el procedimiento legalmente establecido para abordar la situación de insolvencia de cualquier deudor, sea persona física o jurídica.
Este procedimiento tiene un doble objetivo, el primero de ellos radica en pagar las deudas a todos los acreedores, entre ellos los trabajadores y, el segundo en evitar la extinción de la sociedad y poder continuar con la actividad empresarial.
En Del Prado Abogados y Asociados, entendemos que las situaciones de insolvencia y las dificultades económicas pueden ser abrumadoras. Es por eso que hemos reunido a un equipo de abogados altamente cualificados y especializados en derecho concursal para ofrecer asesoramiento legal integral y resultados efectivos.
En caso de que tu empresa entre en Concurso de Acreedores, necesitarás un Abogado especialista en Derecho Concursal, igualmente en caso de que tu empresa adeudar salarios regularmente a la plantilla y haya dudas fundadas sobre su solvencia, en estos casos, recomendamos que se contacte con un Abogado especialista en Derecho Concursal y Laboral.
La empresa está obligada a solicitar la declaración de Concurso de Acreedores en un máximo de dos meses a contar desde el momento en que es conocedora de su situación de insolvencia, en este caso será un concurso voluntario.
No obstante, la solicitud del Concurso también puede iniciarse por algún acreedor o por alguno de los socios de la empresa que sean responsables personalmente de las deudas; en este caso hablamos de un concurso necesario.
Tras la declaración de la empresa en Concurso de Acreedores, el Juzgado Mercantil nombrará a la Administración Concursal, el cual tendrá que emitir un informe analizando la situación financiera y patrimonial de la empresa así como analizar su viabilidad futura, en este informe, se recogerán todas las deudas de la empresa (deudas con Organismos Públicos como Hacienda o Seguridad Social, deudas con trabajadores por adeudo de salarios, indemnizaciones, deudas con proveedores etc…) así como el orden de preferencia en el pago de las deudas.
La principal diferencia entre un tipo de concurso y otro, radica en quién administra la sociedad durante la tramitación del Concurso de Acreedores. En el Concurso Voluntario, el Administrador de la sociedad mantiene ciertas funciones, estando obligado a colaborar con la Administración Concursal, sin embargo, en el caso del Concurso Necesario, la Administración de la sociedad recae en el Administrador Concursal nombrado por el Juzgado de lo Mercantil.
La declaración de concurso de acreedores no conlleva la extinción automática de la relación laboral, por ello, los trabajadores hasta que no reciban una comunicación extintiva tienen que continuar acudiendo al puesto de trabajo para prestar servicios.
No obstante, la Administración Concursal, podrá solicitar aplicar ciertas medidas de carácter individual o colectivo (en las colectivas será necesario la negociación previa de las medidas con la representación de la plantilla y en caso de acuerdo, éste debe ser ratificado por el Juez de lo Mercantil si la negociación finalizara sin acuerdo, el Juzgado, tras oír a las partes, dictará la resolución, que a su criterio, sirva para garantizar la viabilidad de la empresa.
Entre las medidas más comunes en los Concursos de Acreedores, se encuentran: modificación sustancial de las condiciones de trabajo, movilidad geográfica, ERTES, ERES etc…
Todas estas medidas pueden solicitarse a instancia de la Administración Concursal o a instancia de los trabajadores afectados a través de su representación legal, Comité de Empresa o Delegados de Personal.
En Del Prado Abogados & Asociados, contamos con profesionales especialistas en el ámbito de Concursos de Acreedores, que podrán asesorarte en todas las fases del procedimiento concursal en caso de que tu empresa sea declarada en Concurso de Acreedores.
Además, si tras la declaración del Concurso tu relación laboral se ve afectada por modificación sustancial de las condiciones de trabajo, descuelgue salarial, reducción de jornada, adeudo de cantidades, suspensión de empleo -ERTE- o ERE etc… contáctanos.
Nos encargamos de hacer efectivos los créditos laborales, ejecución frente a los bienes y derechos de contenido patrimonial del concursado, cualquiera que sea el órgano que la hubiera ordenado, a solicitar medidas cautelares que afecten al patrimonio del concursado, a las acciones tendentes a exigir responsabilidad civil a los Administradores sociales, a los Auditores o, en su caso, a los liquidadores, por los perjuicios que pudieran haber causado al concursado durante el procedimiento.